País

JCE aclara competencias para oficiar matrimonios, ante revuelo causado por ex embajador EE.UU

Compartir

COMUNICADO

La Junta Central Electoral informa que, al tenor de lo establecido en la Constitución dominicana y en las leyes Núms. 4-23 y 198-11, los Oficiales del Estado Civil, las iglesias católicas y las iglesias religiosas (debidamente acreditadas) son los únicos facultados para celebrar u oficiar matrimonios en la República Dominicana.

Asimismo, reiteramos que, según lo previsto en nuestra Constitución, en su artículo 55 y párrafos subsiguientes, el único matrimonio, sea este civil o religioso, que la normativa dominicana reconoce es aquel celebrado entre un hombre y una mujer.

Finalmente, la JCE establece que la institución no ha celebrado, oficiado ni registrado ni celebrará ni registrará ningún matrimonio violatorio a la Constitución dominicana y a la ley.

Santo Domingo, República Dominicana, a los tres (03) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025).

Junta Central Electoral

Redacción

About Author

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Sé el primero en enterarte

    Suscribete a nuestra lista de difusión por correo electrónico.

    En El Lente News @2025. All Rights Reserved.