Califican la medida de arbitraria, inconstitucional y violatoria de la Ley No. 5038 sobre Régimen de Condominios y de la Ley No. 176-07.Advierten que recurrirán ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) para defender la libre empresa y la autonomía de las asambleas de copropietarios.
CIUDAD JUAN BOSCH, Santo Domingo Este. — Las Empresas Administradoras de Condominios y profesionales del área en Ciudad Juan Bosch han alzado su voz de protesta para rechazar e impugnar de manera pública la exigencia impositiva y la amenaza de restricción laboral contenida en la comunicación No. MACJB-B0000414, emitida el pasado 28 de octubre de 2026 por el señor Abner Martínez Medrano, en representación de la Alcaldía en Ciudad Juan Bosch (dependencia de la Alcaldía Santo Domingo Este).
Los afectados sostienen que la pretensión de imponer una “regularización de permiso de operaciones” bajo la advertencia de coaccionar el libre ejercicio de sus labores carece de fundamento legal, calificándola como un acto nulo, arbitrario e ilegal.
Incompetencia absoluta y usurpación de funciones en el sector fundamenta su denuncia en el aspecto jurídico, señalando que la Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios delimita claramente las atribuciones de los ayuntamientos (uso de suelo, arbitrios municipales y aseo urbano), sin otorgarles ninguna competencia legal ni facultad para fiscalizar, regular o condicionar mediante permisos el ejercicio de las empresas de administración de condominios. Recuerdan, además, que la administración condominial es un acto privado regido de manera exclusiva por la Ley No. 5038 sobre Régimen de Condominios. Violación al derecho de libre empresa y competencia desleal Asimismo, los administradores apuntan que la exigencia de requisitos administrativos no contemplados por una ley formal vulnera de forma flagrante el Artículo 50 de la Constitución de la República, el cual ampara la libertad de empresa y de comercio.
Denuncian también que la advertencia de remitir un listado exclusivo de empresas “regularizadas” al Fideicomiso VBC-RD constituye un acto de coacción y vulneración a la libre competencia en el mercado. En ese orden, enfatizan que la contratación del administrador de un condominio es una potestad exclusiva y soberana de la Asamblea de Copropietarios, donde el municipio carece de voz, voto o poder de veto. Llamado a la comunidad y autoridades Ante esta situación, el sector emitió un doble llamado: A los Copropietarios y Residentes: Les llevaron un mensaje de tranquilidad, garantizando que sus administradoras operan bajo el estricto cumplimiento de la ley nacional y que la contratación de sus servicios responde únicamente a la voluntad expresada en sus asambleas.
A la Alcaldía de Santo Domingo Este (ASDE): Solicitaron formalmente el cese inmediato de estas pretensiones que, a su juicio, desinforman a la ciudadanía y entorpecen la gestión de la propiedad horizontal en la comunidad. Finalmente, las empresas administradoras advirtieron que se reservan el derecho de interponer las acciones legales pertinentes ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) con el firme propósito de salvaguardar el Estado de Derecho, la seguridad jurídica y la libre empresa en Ciudad Juan Bosch.



